Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

ÉRASE UNA VEZ EL UFI

blog 7 ufi

Estos últimos meses el Anexo VIII del Reglamento 1272/2008 o CLP  está trayendo muchos quebraderos de cabeza a las empresas del sector químico. Y aunque parece que “UFI” son tres siglas poco relevantes, el objetivo que hay detrás es de gran importancia. Este objetivo no es otro que el de prevenir, minimizar riesgos y sobre todo garantizar nuestra seguridad como consumidores, mediante una respuesta sanitaria rápida y adecuada cuando se producen intoxicaciones o accidentes con productos químicos. Cuando digo garantizar la seguridad de los consumidores me refiero también a la de nuestros niños que, inocentemente, tratan aquello que les llaman la atención como algo comestible.

Como no podía ser de otra modo, empecemos con una definición:

El UFI, cuyas siglas significan Identificador Único de Fórmula, es un código alfanumérico de 16 caracteres, divididos en cuatro bloques. Un ejemplo de UFI seria: 2600-W0GR-N007-40CD.

¿Cómo se genera este código?

Hasta ahora, los códigos de registro toxicológico que se asignaban a las fórmulas  los generaba el organismo competente. Ahora, el UFI lo generaréis vosotros, es decir las empresas notificadoras. De hecho, ya lo  podéis generar de forma gratuita a través de la plataforma “UFI generator”.

Sólo tenéis que indicar vuestro país y número VAT/CIF de empresa.  Además, para cada UFI que vayáis a generar tendréis que asociarle un número de formula entre 0 y 268 435 255.  Con estos datos, a través de un algoritmo informático, la plataforma os creará un UFI que tendréis que guardar como un tesoro. Cuidado porque la plataforma no los guarda.

Recomendación: Aunque va a gustos, podéis asignar números de fórmula empezando por el 0 y así consecutivamente. Otra opción, si asignáis códigos internos numéricos a vuestros productos, es hacer que estos coincidan con el número de fórmula. Eso sí, llevad siempre un registro de los números de fórmula y UFI que asignáis a cada producto.

¿Cómo indicar este código en la etiqueta?

Una vez la ECHA y el centro toxicológico correspondiente nos ha validado el fichero PCN, el UFI notificado es válido y debe indicarse en la etiqueta del producto de forma “visible, legible e indeleble”. Se puede imprimir en la etiqueta CLP o bien colocar en una etiqueta a parte siempre que esté cerca de los elementos que exige el Reglamento CLP (pictogramas, frases H y P, palabra de advertencia…). Además, el código debe ir precedido de las siglas en mayúsculas y seguidas de dos puntosUFI:”. Aunque, por el momento, no hay requisitos específicos con relación a la fuente o al tamaño de este código, debe ser fácil de localizar y de leer para los consumidores. Incluso, una de las últimas recomendaciones de la ECHA, es que sea de color negro siempre que el contraste de la etiqueta lo permita.

Entonces, ¿debo reetiquetar mis productos?

Está permitido indicar el UFI tanto en la etiqueta como en el envase interior, pero siempre cerca de los elementos CLP. Esto os permite no tener que reetiquetar producto que ya tenéis en stock. Es decir que no hace falta volver a imprimir la etiqueta CLP con el UFI,  con poner una etiqueta adicional con el código es suficiente.

¿Qué pasa si el envase es muy pequeño y no cabe el código?

Cuando el envase es muy pequeño o tiene una forma que no permite indicar el UFI en el envase interior, se puede poner en el envase exterior.

¿Hace falta indicar Este código en la Ficha de Datos de Seguridad (FDS)?

Es obligatorio indicar el UFI en la sección 1.1 de la FDS para mezclas sin envasar, a granel.

Para los demás casos, así como para uso industrial, es opcional pero siempre que se indique deberá ser en la sección 1.1.  Desde QUIMI-REACH recomendamos ponerlo siempre dado que favorece la comunicación en la cadena de suministro.

¿Puedo asignar más de un UFI a una fórmula?

Debe asignarse al menos un UFI a cada fórmula distinta que comercialicemos. Si por razones comerciales se quiere asignar más de uno, se puede hacer, siempre que se informen en el dossier PCN que se presentará a la ECHA para su validación.

Nota 1: Si tenemos un producto que comercializaremos en varios países tenemos dos alternativas posibles. Podemos generar un solo UFI o bien un UFI distinto para cada país.

Nota 2: Si tenemos dos productos con la misma fórmula, pero con distinto nombre comercial tenemos dos alternativas posibles. Podemos asignar el mismo UFI a ambos o bien generar uno diferente para cada producto. Hay que tener en  cuenta que en el primer caso, de algún modo revelamos a nuestros competidores que la fórmula es la misma.

Si un cliente utiliza mi fórmula para crear mezclas. ¿Debo darle mi fórmula completa?

Cuando nuestros clientes van a utilizar una de nuestras mezclas como materia prima para crear a su vez otro producto, tenemos lo que se llama una Mezcla en Mezcla (MEM). En este caso, no es necesario facilitarles la fórmula exacta. Será suficiente con que les facilitemos el UFI de nuestra mezcla. Eso sí, es importante que nosotros hayamos presentado antes la notificación PCN de la mezcla a la ECHA. De lo contrario ese UFI no estaría vinculado a ninguna fórmula para los centros toxicológicos.

¿Aunque modifique mi producto el UFI va a seguir siendo siempre el mismo?

El UFI no es siempre el mismo, deberá modificarse en los casos siguientes:

  • Adición, eliminación o sustitución de un componente.
  • Cambio del UFI de una MEM por parte del proveedor
  • Se dispone de una nueva información toxicológica en la sección 11 de la FDS
  • Hay un cambio en la concentración de los componentes fuera de los límites permitidos por el Anexo VIII

Cuando se dé uno de estos casos no solo deberá modificarse el UFI sino que también deberá presentarse un dossier PCN actualizado a la ECHA informando de los cambios.

Una vez hecho esto, se deberá enviar el nuevo UFI validado a los clientes para que tomen medidas según el caso.

Como veis, el UFI nos va a obligar a comunicarnos con los distintos agentes de la cadena de suministro. Un requisito que ya era de obligado cumplimiento con el Reglamento REACH  pero que se ve favorecido por el Anexo VIII.

 

Si necesitas ayuda con la notificación armonizada o tienes dudas por resolver desde QUIMI-REACH estaremos encantados de ayudarte. ¡ Te estamos esperando!

Visita nuestro canal de youtube.

 

Atributos de imagen: Designed by Freepik

 

¡NO TE PIERDAS NUESTROS CURSOS online!

¿Te ha parecido interesante? ¡Comparte!