Hace unos días hablamos de la obligación de tener consejero de seguridad y de que en ciertos casos podemos estar exentos de este requisito. Estos casos son, cuando nos podemos acoger a alguna de las exenciones del ADR como el 1.1.3.6 (o ADR parcial) o las Cantidades Limitadas (o LQ).
En este post vamos a explicar en qué consiste la exención de las cantidades limitadas para todos aquellos que os podáis acoger y no lo sepáis todavía.
¿Qué son las cantidades limitas del ADR?
Las Cantidades Limitadas (LQ) son envíos de mercancía peligrosa que se realizan con un embalaje combinado. Este, suele ser una caja de cartón en la que se ha dispuesto el producto, con su propio envase. Si se tratara de aerosoles, el embalaje combinado consistiría en una caja de cartón, con los aerosoles en su interior. O para latas de pintura de 5 L, sería una caja de cartón con 5 latas de pintura dentro, por decir un número. Eso sí, la cantidad neta del envase interior (en el ejemplo, aerosol o lata de pintura) está limitada a un máximo según las características del producto. Las más habituales suelen ser de 5 litros por envase y 1 litros. Pero esto dependerá del número ONU y del Grupo de embalaje que tengan asignados la mercancía a transportar. Además, el peso bruto del embalaje combinado (la caja de cartón con los envases dentro) no debe superar los 30 kg.
Se va a requerir un etiquetado específico para las cantidades limitadas.
¿Cómo puedo saber la cantidad máxima permitida para el embalaje LQ de mis mercancías?
La cantidad limitada máxima permitida para el transporte LQ de una mercancía, se puede consultar en la tabla A del ADR, columna (7a). A veces también aparece en la sección 14 de la Ficha de Datos de Seguridad.
Ventajas de acogerse a las cantidades limitadas
- No es obligatorio tener consejero de seguridad. Por lo que tampoco habrá que remitir un informe anual con las cantidades cargadas, descargadas, transportadas.
- El transporte se puede realizar con un vehículo normal, no es necesario un vehículo especial ADR (camión con placas naranjas).
- No es obligatorio utilizar envases homologados. Aunque cuidado, los envases que utilicéis deben ser compatibles y lo suficientemente resistentes para contener y transportar la mercancía.
- La carta de porte no es obligatoria. Es suficiente con indicar la cantidad bruta en kg de mercancía embalada en cantidades limitadas en un albarán o documento de transporte. Puede estar escrito a mano siempre que sea legible.
Entonces ¿Qué debo hacer?
Si te acoges a las cantidades limitadas, a parte de respetar la cantidad máxima por envase interior y el peso máximo bruto del embalaje combinado: debes
- Etiquetar correctamente el embalaje, con la marca de LQ en una cara del bulto o caja de cartón y las flechas de orientación en dos lados opuestos.
- Indicar en un documento de transporte o albarán la cantidad bruta en kg de mercancía embalada en cantidades limitadas.
- Hacer la lista de comprobaciones o check-list de carga/descarga
Entonces, ¿si embalo el producto en LQ ya no es una mercancía peligrosa?
Quisiera aclarar un concepto muy importante. Si nos acogemos a las Cantidades Limitadas o a otra exención del ADR, no quiere decir que la mercancía ya no sea peligrosa. La mercancía sigue siendo igual de peligrosa. Esto significa que si el producto era corrosivo no dejará de serlo una vez envasado en cantidades limitadas. Lo que sí es cierto es que al estar envasado en cantidades más pequeñas el riesgo de que ocurra un accidente es menor. Por lo tanto, mismo peligro menos riesgo de accidente. Por este motivo los requisitos para el transporte son más flexibles. Como os podéis imaginar, no es lo mismo que vuelque un camión cisterna con 3000 l de líquido corrosivo que si vuelca una furgoneta con envases de 5 L de este mismo producto.
Si necesitas asesoramiento sobre mercancías peligrosas o simplemente estas buscando Consejero de Seguridad, desde QUIMI-REACH podemos ayudarte. Estaremos encantados de atenderte.
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