El 1 de febrero de 2021 entró en vigor el nuevo Reglamento (UE) 2019/1148 sobre la comercialización y la utilización de precursores de explosivos. Normativa nacional: Ley 25/2022. Para aquellos que no habéis tenido tiempo de echarle un vistazo os dejamos una ficha resumen de las obligaciones y responsabilidades que vais a tener que cumplir si sois operadores económicos.
¿A quién le aplica?
Aplica a empresas, profesionales y particulares que comercializan y utilizan sustancias o mezclas susceptibles de ser utilizadas en la fabricación de explosivos. Es aplicable a las sustancias recogidas en los anexos I y II del Reglamento 2019/1148 y a las mezclas que las contienen.
Diferencia entre profesionales y particulares
Profesionales: personas físicas o jurídicas que tengan una actividad profesional en activo y legalmente registrada.
Particulares: se entiende a toda persona física o jurídica que actúe con fines no relacionados con su actividad comercial, empresarial o profesional.
Responsabilidades y obligaciones de los operadores económicos
- Informar de que la adquisición o utilización por los particulares de ese precursor de explosivos está sujeta a restricciones y obligaciones.
- Registrar internamente cada transacción que realice con los precursores de explosivos restringidos. Además, deberá conservar los datos registrados (incluido facturas) durante 18 meses desde la fecha de la transacción.
- Garantizar que los trabajadores que intervengan en la venta de dichos precursores están formados sobre las obligaciones establecidas y saben identificar qué productos son/contienen precursores de explosivos
- En el caso de mercado en línea, tomar medidas para garantizar que los usuarios están informados de las obligaciones que les impone este Reglamento.
- Comprobar, en cada transacción a particulares, la prueba de identidad y la licencia de dicho particular. En la licencia constará la cantidad de precursor de explosivos restringido.
- Solicitar, en cada transacción o al menos una vez al año para cada cliente, una declaración de uso o declaración de cliente. Este documento debe contener como mínimo los datos del cliente y proveedor, el uso previsto del producto que contiene precursores restringidos, identificación del producto, firma del declarante. Se deberá conservar dicho documento durante 18 meses y renovarlo cada 12 meses.
- Prohibición de la venta de precursores de explosivos restringidos a los particulares, a excepción de aquellos que hayan obtenido la licencia, y solo por las cantidades y concentraciones máximas fijadas en la misma.
- Notificar las transacciones sospechosas o intentos de estas, y las desapariciones y sustracciones de las que tenga conocimiento.
¿Conlleva obligaciones de etiquetado?
Cuando un operador económico ponga precursores de explosivos restringidos a disposición de los particulares tendrá que indicar claramente en el envase o etiqueta la siguiente frase:
“La puesta a disposición, introducción, posesión o utilización de dichos precursores de explosivos por los particulares están sujetas al Reglamento (UE) 2019/1148”
¿A quién debo comunicar las transacciones sospechosas o sustracciones?
Se deberán comunicar las transacciones sospechosas, sustracciones y desapariciones a las Autoridades competentes. En España la autoridad competente es el CITCO (Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado).
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